El mantenimiento, especialmente de los sistemas de seguridad, es obligatorio (artículo 15 del Decreto Legislativo 81/2008 y modificaciones posteriores). La legislación italiana sobre sistemas anticaídas exige una inspección, según los métodos indicados por el fabricante, al menos una vez al año o antes de su reutilización si no se han utilizado durante un periodo prolongado (incluso varios años).